Consejo Rector de la Agencia Albaicín GranadaExpediente: SERV-2025000061Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Eliminación de grafitis en el Conjunto Histórico de Granada (Sector Albaicín-Centro)
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Organismo contratante
Consejo Rector de la Agencia Albaicín Granada
NIF: Q1800635C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 117.061,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 141.643,81 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 247.877,00 €
- Baja
- 52,77 %
- Ofertas recibidas
- 3 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 117.061,00 € – 235.042,00 €
- Fecha de adjudicación
- 23/12/2025
- Formalización del contrato
- 13/02/2026
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPTP.pdfAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteModelo DEUCAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Podrá prorrogarse por periodos anuales durante dos (2) años más, hasta un máximo total de tres (3) años, previa conformidad expresa de ambas partes antes de la finalización del plazo vigente y siempre que la Agencia Albaicín-Granada disponga de financiació
Duración de la prórroga 1 años
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 60
- Memoria técnica de ejecución del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- art. 87.a) LCSP: Volumen anual de negocios del licitador que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- art. 90.e) de la LCSP: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Más concretamente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato a personal cualificado con experiencia en tratamientos de limpieza o conservación en bienes patrimoniales, especialmente en superficies sensibles (piedra, ladrillo, estuco, etc.). Se deberá acreditar como mínimo la adscripción de una persona con formación específica en restauración, conservación del patrimonio o en técnicas de limpieza de superficies delicadas.
- art. 90.a) de la LCSP: Una relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 90690000
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