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Alcaldía del Ayuntamiento de Valdeolmos-AlalpardoExpediente: CON SER10/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de asesoramiento jurídico y defensa judicial

Información sobre la licitación Servicio de asesoramiento jurídico y defensa judicial de Alcaldía del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, del CPV 79111000 o en Madrid.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo

NIF: P2816200F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Adjudicado

IURISLOCAL,S.L.B83898098
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
36.240,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
43.850,40 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.209,12 €
Baja
12,06 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
21.428,74 € – 36.240,00 €
Fecha de adjudicación
09/12/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Dos prorrogas de un año

Criterios de adjudicación

  • Experiencia procesal(Automático)Ponderación: 35
  • Formación específica(Automático)Ponderación: 30
  • Memoria de prestación del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • oferta económica(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 apartado B) LCSP. Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales al menos por igual plazo del contrato, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, así como aportar compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. El importe mínimo exigido será de 600.000 euros por siniestro y año, y debe dar cobertura a todos los Letrados adscritos a la ejecución del servicio. Cuantía que se estima adecuada para atender una hipotética responsabilidad por procedimientos.

Solvencia técnica o profesional

  • Art. 90.1.a) LCSP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los cinco últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Art. 90.1.a) LCSP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Requisitos mínimos de solvencia: Deberá acreditarse la asignación de un mínimo de quince asuntos judiciales, con sentencia ganada, en defensa de la Administración Local o contra ella, cuya fecha de la sentencia este datada entre 1/01/2023 y 31/10/2025. Se acreditará bien mediante certificación del órgano competente de esa Administración, expresando Juzgado o Tribunal, identificación del procedimiento y fecha de la sentencia ganada, bien mediante copia de las sentencias.
  • Art. 90.1.e) Deberá acreditar su habilitación como abogado colegiado ejerciente en España. Requisito mínimo de solvencia: Se justificará mediante certificado expedido por colegio de abogados haber mantenido la condición de abogado colegiado ejerciente durante, al menos, los últimos 10 años ininterrumpidos desde la fecha de presentación de ofertas, por todos los Letrados adscritos a la ejecución del contrato.

Garantías

  • Especial: 1 %
  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 79111000

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