Presidencia del PlenoExpediente: 300/2022/00196Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de servicios de asistencia técnica para la gestión del sistema de monitorización de la calidad del aire interior,el confort térmico y la eficiencia energética.
Información sobre la licitación Contrato de servicios de asistencia técnica para la gestión del sistema de monitorización de la calidad del aire interior,el confort térmico y la eficiencia energética de Presidencia del Pleno. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Pleno, del CPV 50411000 o en Madrid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 23.520,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 28.459,20 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 24.050,16 €
- Baja
- 2,2 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 23.520,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteNota formalización contrato.Abrir original
- ExpedienteActa calificación requisitos previos.Abrir original
- ExpedienteEstudio económico.Abrir original
- ExpedienteAcuerdo aprobación pliegos.Abrir original
- ExpedienteInforme de necesidad del contrato.Abrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de medios.Abrir original
- ExpedienteActa apertura y calificación sobre único.Abrir original
- ExpedienteActa subsanación requisitos previosAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 24 meses
Se establecerá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la LCSP.
24 meses.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 60
- Oferta de un importe para mantenimiento correctivo no contemplado en los mantenimientos (preventivo, adaptativo y evolutivo) previstos en la cláusula 4 del pliego de prescripciones técnicas.(Automático)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará la solvencia económica y financiera del empresario por el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2019, 2020 y 2021) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. El volumen de negocios mínimo anual exigido será de una vez y media el valor anual medio del contrato (18.035,47 euros). Para acreditar dicha solvencia, atendiendo al art. 87.2 de la LCSP, el empresario presentará una declaración indicando el volumen de negocio global de la empresa.
Solvencia técnica o profesional
- Los licitadores deberán incluir compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato, que son los determinados en la cláusula 8 del PPT
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada por las empresas que en los últimos tres años (2020, 2021 y 2022) hayan realizado trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución que sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato (8.416,55 euros), en función de lo establecido en el art. 90.2 de la LCSP. La correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se considerarán los que tengan igual los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Para empresas de nueva creación: Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por lo establecido en el artículo 90.1.e) de la LCSP: Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. La titulación requerida se ajustará a lo exigido en la cláusula 8ª del PPT.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 1 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 50411000
- 71314300
- 71300000
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