Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la MúsicaExpediente: MS220034Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de adaptación de salas a sala de ensayo y reforma de baños de uso público en el Teatro Lírico Nacional de la Zarzuela
Información sobre la licitación Obras de adaptación de salas a sala de ensayo y reforma de baños de uso público en el Teatro Lírico Nacional de la Zarzuela de Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, del CPV 45212322 o en Madrid.
Organismo contratante
Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
NIF: Q2818024H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 95.747,94 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 115.855,01 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 105.822,22 €
- Baja
- 9,52 %
- Ofertas recibidas
- 3
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPMS220034 PCAP.pdfAbrir original
- PPTMS220034 PPT.pdfAbrir original
- AnexoMS220034 Proyecto.pdfAbrir original
- ExpedienteVisita instalacionesAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAviso importanteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- PrecioPonderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios del licitador, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos, igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato Forma de acreditación: Mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de ésta. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la relación de obras se limitará al periodo de antigüedad de la empresa. El responsable o responsables de las obras así como los técnicos encargados directamente de la misma deberán acreditar su solvencia técnica mediante los títulos académicos. El licitador deberá acreditar su solvencia técnica mediante Certificados de buena ejecución de cada anualidad, que individual o conjuntamente alcancen un importe mínimo de 60.000,00 € anuales, excluido IVA. En caso de tratarse de una empresa de nueva creación, los certificados se limitarán al periodo de antigüedad de la empresa, debiendo aportar además copia de la documentación acreditativa de las titulaciones y trayectorias profesionales a que hace referencia el apartado anterior. No obstante, podrá sustituirse la presentación de los documentos arriba exigidos, si el licitador acredita tener la siguiente clasificación: Grupo C·
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 45212322
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