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Área de Gobierno de Medio Ambiente y MovilidadExpediente: 131/2021/17024Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión de servicios para la limpieza urgente-SELUR

Información sobre la licitación Concesión de servicios para la limpieza urgente-SELUR de Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, del CPV 90610000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Adjudicado

URBASER, S.A.A79524054
Importe adjudicado (sin IVA)
162.087.272,72 €
Importe adjudicado (con IVA)
178.296.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
167.272.727,27 €
Baja
3,1 %
Ofertas recibidas
4 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 8 años

Criterios de adjudicación

  • 1 Porcentaje baja sobre el presupuesto base de licitación(Automático)Ponderación: 40
  • 4 Mejora de los sistemas de limpieza de pintadas y eliminación de carteles(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 1 Mejora del sistema de respuesta inmediata(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 2 Plan de limpieza de grandes eventos(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • 3 Plan de limpieza de RCD´s(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • 3 Toneladas de RCD´s eliminadas(Automático)Ponderación: 5
  • 6 Aplicaciones tecnológicas(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • 5.1 Plan de bases ofertado. Instalaciones a construir en suelo municipal(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • 2.1 Eliminación de pintadas por medición y antigrafiti. superficie de pintadas anual a eliminar(Automático)Ponderación: 3.5
  • 5.3 Plan de bases ofertado. Instalaciones que se proponga aportar por el propio licitador(Juicio de valor)Ponderación: 3
  • 5.4 Plan de bases ofertado. Adecuación de la propuesta en su conjunto(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • 2.2 Eliminación de pintadas por medición y antigrafiti. Superficies de antigrafiti preventivo en superficies no afectadas por pintadas(Automático)Ponderación: 1.5
  • 5.2 Plan de bases ofertado. Iniciativas y propuestas de acondicionamiento y mejora sobre las instalaciones cedidas por el Ayuntamiento(Juicio de valor)Ponderación: 1

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 de la LCSP:- Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada la solvencia con un volumen mínimo anual de la cifra de negocios en el ámbito objeto del contrato, referido al año de mayor volumen de los tres últimos los tres últimos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, será por un importe mínimo en Euros, IVA excluido de 40.000.000 euros. Se acreditará mediante declaración responsable del representante legal de la empresa. Solvencia económica y financiera en las Uniones Temporales de Empresas: sistema de Acumulación: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE. A los efectos anteriores, para proceder a la suma de la cifra anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE, la de, al menos, una de ellas deberá alcanzar el 50% del importe de la cifra de negocios, exigida para el lote/s a los que se opte. Esto es así para conjugar la necesidad de que las empresas individuales tengan una solvencia suficiente, con el respeto a la utilidad de acumular capacidades en el caso de concurrencia en UTE, fomentando de este modo la concurrencia sin poner en riesgo la posterior prestación del servicio de forma fiable. La acreditación documental se efectuará mediante declaración responsable del representante legal indicando el volumen de negocios desglosado por años, y referido al año de mayor volumen de los tres últimos años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 a) LCSP: Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se considerará acreditada esta solvencia por aquéllas empresas que hayan realizado, en el curso de los tres últimos años (computándose dicho periodo por años naturales desde la fecha final del plazo de la presentación de ofertas), servicios de igual o similar naturaleza a los que constituyan el objeto del contrato para una población de derecho (según datos del último Padrón Municipal) superior a 400.000 habitantes, ya sea en una ciudad completa o en al menos un Distrito (o unidad administrativa equivalente) de ella. Al mismo tiempo deben haber realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyan el objeto del contrato por un importe mínimo de: 14.500.000 euros, IVA excluido durante el año de mayor ejecución del periodo citado, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV (906) admitido en el presente pliego, debiendo presentar una relación de tales trabajos, realizados en dicho periodo, que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados y descripción del servicio prestado. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Este requisito de participación se establece para garantizar que los licitadores tienen las competencias técnicas y profesionales necesarias para ejecutar el contrato, a la vez que no se limita injustificadamente la competencia. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las UTES, al menos el 50% del requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por una de las empresas integrantes de la UTE, tanto en lo relativo a importes como a personas atendidas. Esto es así para conjugar la necesidad de que las empresas individuales tengan una solvencia suficiente, con el respeto a la utilidad de acumular capacidades en el caso de concurrencia en UTE y fomentar de este modo la concurrencia sin poner en riesgo la posterior prestación del servicio de forma fiable.
  • Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación del personal responsable de la gestión y control del contrato, del personal referido en el apartado 8.1. Puestos de trabajo y plantilla.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %
  • Provisional: 6.021.818,18 €

Requisitos específicos

  • Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 90610000

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