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Pleno del Ayuntamiento de Los HinojososExpediente: 53/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de servicios con una entidad especializada en la gestión de viviendas de mayores, mediante la figura del contrato de servicios de carácter social reservado, tal como establece la Disposición Adicional cuadragésimo octava de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Publico; ya que tiene una naturaleza y extensión que excede de los medios personales y materiales con que cuenta el Ayuntamiento de Los Hinojosos, para cubrir las necesidades que debe satisfacer.

Información sobre la licitación Contratación de servicios con una entidad especializada en la gestión de viviendas de mayores, mediante la figura del contrato de servicios de carácter social reservado, tal como establece la Disposición Adicional cuadragésimo octava de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Publico; ya que tiene una naturaleza y extensión que excede de los medios personales y materiales con que cuenta el Ayuntamiento de Los Hinojosos, para cubrir las necesidades que debe satisfacer de Pleno del Ayuntamiento de Los Hinojosos. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Los Hinojosos, del CPV 85312400 o en Cuenca.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Los Hinojosos

NIF: P1610500I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cuenca
Código NUTS
ES423

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
63.540,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
69.894,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
64.240,00 €
Baja
1,09 %
Ofertas recibidas
1
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

La duración del contrato será de un año, con la posibilidad de prorrogarse anualmente hasta un máximo total de 4 cuatro años.

La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca uno mayor. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos cuya duración fuera inferior a dos meses. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Los precios no podrán sufrir variación durante el período de la prórroga que, en su caso, se acuerde. Cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación, y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económicaPonderación: 70
  • Experiencia en administración y gestión de Viviendas de MayoresPonderación: 30

Solvencia económica y financiera

  • 8.3.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por cualquiera de los medios siguientes: a) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior a una anualidad del contrato. b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos deben ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. El patrimonio neto debe ser positivo y superar al menos el 30% del volumen de negocio del contrato a suscribir en un año.

Solvencia técnica o profesional

  • 8.3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad. Dado que el objeto contractual requiere actitudes especificas en materia social de prestación de servicios u otras análogas, se exigirá como medio para acreditar esta solvencia documento que justifique la gestión de centros de atención a personas mayores en los años 2019, 2020 y 2021. • Documento que acredite la gestión de centros de atención a personas mayores en los años 2019, 2020 y 2021, emitido por la Administración titular del centro. En caso que el centro sea de titularidad privada, se presentará el contrato de adjudicación.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 85312400
  • 85320000
  • 85311100

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