Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y DeportesExpediente: 15031/2021Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Concesión administrativa de servicios de la explotación del bar-cafetería del Archivo General de la Región de Murcia, dependiente de la Consejería de Educación y Cultura
Información sobre la licitación Concesión administrativa de servicios de la explotación del bar-cafetería del Archivo General de la Región de Murcia, dependiente de la Consejería de Educación y Cultura de Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, del CPV 55330000 o en Murcia.
Organismo contratante
Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes
NIF: S3011001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Concesión de servicios
- Procedimiento
- Restringido
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Murcia
- Código NUTS
- ES620
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 0,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 0,03 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 0,00 €
- Ofertas recibidas
- 1
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPpf_pli_servicio_abierto_varcriterios.pdfAbrir original
- PPTpliego_prescripciones_tecnicas.pdfAbrir original
- Expedientepf_acta_sesion_1.pdfAbrir original
- Expedientepf_acta_sesion_2.pdfAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- Expedientedeuc.xmlAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAnuncio informacion previa DOUEAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteEstudio viabilidad eco-financieraAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
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- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Criterios de adjudicación
- 1. Proyecto de funcionamientoPonderación: 46
- 2.2.1.Descuento grupo 1Ponderación: 15
- 2.1.Mejora del canonPonderación: 14
- 2.2.4. Descuento grupo 4Ponderación: 10
- 2.2.3. Descuento grupo 3Ponderación: 5
- 2.2.2. Descuento grupo 2Ponderación: 5
- 2.3. INcremento en la calidad del servicioPonderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Deberá acreditarse a través del volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. En el caso de la presente contratación el volumen de negocio, referido al mejor ejercicio de los tres últimos, debe ser como mínimo 20.000 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará de conformidad con lo establecido en artículo 87.3. a) de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con el artículo 90.1 a) de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la solvencia se acreditará mediante una relación de los principales servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el licitador deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen objeto del contrato deberá ser superior a 15.000 euros. Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a tres años, no será de aplicación el criterio de solvencia exigido en este apartado. En este caso, el licitador, acreditando la fecha de creación de la empresa, declarará la plantilla media anual de la entidad y del número de directivos durante los tres últimos años acompañando, en su caso, los modelos acreditativos TC1 y TC2 de la empresa, todo ello de conformidad con el artículo 90.4 LCSP.
- Medios personales: Los licitadores habrán de comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales contemplados en el apartado 9.1 del PPTP.
- Medios materiales: Los licitadores habrán de comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos (equipamiento obligatorio) contemplados en el apartado 6.2 y Anexo III del PPTP.
Códigos CPV
- 55330000
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