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Artículo 4. Régimen aplicable a los negocios jurídicos excluidos.

Vigente desde 09/03/2018. Texto consolidado del 2026-10-04.

Las relaciones jurídicas, negocios y contratos citados en esta sección quedan excluidos del ámbito de la presente Ley, y se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)

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