Artículo 4. Régimen aplicable a los negocios jurídicos excluidos.
Vigente desde 09/03/2018. Texto consolidado del 2026-10-04.
Las relaciones jurídicas, negocios y contratos citados en esta sección quedan excluidos del ámbito de la presente Ley, y se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)